RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAUDOS EXTRANJEROS ANULADOS

RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAUDOS EXTRANJEROS ANULADOS

La obtención de un laudo arbitral que pueda ser reconocido y ejecutado a través de las fronteras internacionales constituye tal vez el principal objetivo del arbitraje internacional. El ejercicio exitoso de las acciones de anulación puede constituirse en un obstáculo para la parte que prevaleció en el arbitraje para obtener dicho objetivo. Sin embargo, en la actualidad, la anulación del laudo no siempre frustra los objetivos de la parte vencedora. Tanto bajo la Convención de Nueva York, como dentro de otros regímenes regionales o nacionales, es posible obtener, en algunos casos, el reconocimiento y ejecución del laudo anulado en otro país. Esta posición no se encuentra aún consolidada. Al lado de los países que aceptan el reconocimiento y ejecución de los laudos anulados en otro país, existen ordenamientos que han adoptado una aproximación casuística al problema y otros que otorgan primacía a la sentencia de anulación extranjera. Esta problemática da lugar a una serie de consideraciones estratégicas cuando se trata de afrontar la etapa de reconocimiento y ejecución del laudo anulado...Ver Más